Al iniciar el proceso de insolvencia, se suspenden automáticamente los embargos judiciales y los cobros ejecutivos. Los acreedores deben esperar el acuerdo.
Enfrentar deudas que no puedes pagar genera estrés, incertidumbre y temor por el futuro. Muchas personas creen que la única salida es ocultarse o esperar embargos. Existe una ruta legal, ágil y accesible que pocos conocen a fondo: el procedimiento de insolvencia para persona natural no comerciante. Nuestro equipo le acompaña en cada paso para que este proceso sea sencillo y efectivo. Primero, evaluamos tu situación crediticia actual identificando cuáles deudas pueden incluirse y cuáles tienen protección legal. Luego, le guiamos en la preparación de la documentación requerida ante el centro de conciliación o notaría de tu ciudad. Este mecanismo no es una declaración de quiebra como en otros países. Es una oportunidad real para que tu, como ciudadano común, negocies tus obligaciones con acreedores bajo reglas claras, protegido por la ley y sin necesidad de costosos abogados. Lo más valioso: puedes conservar tu vivienda, tus muebles básicos y hasta tu vehículo de trabajo mientras logra acuerdos viables.
Este proceso no significa el fin de tu compañía. Todo lo contrario: es una oportunidad para reestructurar tus pasivos, negociar con acreedores y continuar operando mientras se llega a un acuerdo. La ley protege tu emrpesa de embargos, demandas y cobros ejecutivos durante todo el trámite. Lo más importante: tú sigues al frente de la administración, tomando decisiones y generando empleo. Nuestro equipo le acompaña en cada fase para que el proceso sea ágil, ordenado y exitoso. Primero, realizamos un diagnóstico financiero y jurídico de su empresa. Identificamos qué deudas pueden incluirse, cuáles son privilegiadas y cuál es tu capacidad real de pago. Luego, preparamos la solicitud de admisión al proceso ante la Superintendencia de Sociedades. Si tu empresa es una pequeña o mediana empresa, activamos procedimientos simplificados que reducen costos y tiempos. Le asesoramos en la elaboración del acuerdo de reorganización, negociamos con tus acreedores y te representamos ante el juez del concurso. También te ayudamos a manejar la comunicación con tus trabajadores, clientes y proveedores para que la operación no se detenga.
Muchos colombianos creen que no hay salida cuando las deudas se acumulan. La verdad es que la Ley 1116 de 2006 y la Ley 1564 de 2012 existen precisamente para protegerte. Si alguna de estas situaciones te resulta familiar, estás en el lugar correcto.
La ley de insolvencia en Colombia es un conjunto de normas legales (principalmente la Ley 1116 de 2006) diseñadas para proteger a personas naturales y empresas que no pueden cumplir con el pago de sus deudas. No es una declaración de quiebra ni el fin de tu patrimonio. Todo lo contrario: es una herramienta legal para negociar, reducir o incluso eliminar deudas mientras proteges tus bienes esenciales como tu vivienda.
La ley de insolvencia se divide en dos grandes ramas: Insolvencia para Persona Natural (deudor individual) y Reorganización Empresarial (empresas en dificultades). Cada una tiene requisitos, beneficios y procedimientos distintos, pero ambas comparten un mismo objetivo: darte una segunda oportunidad financiera.
7 beneficios que la ley de insolvencia te ofrece (y que pocos conocen)
La ley de insolvencia no es un castigo ni una mancha en tu historial. Al contrario, es un derecho que tienes como deudor de buena fe. Estos son los beneficios concretos que puedes obtener:
Tu casa no se toca. La ley la declara inembargable durante el proceso.
Desde el momento en que te acoges a la ley, los embargos se suspenden.
Puedes lograr que se condone hasta el 50% o más del valor adeudado.
Pagas hasta en 10 años, según tu capacidad real de pago.
Un solo proceso negocia con todos tus deudores a la vez.
Si eres independiente, conservas lo necesario para generar ingresos.
Sales del proceso limpio, sin deudas impagables y con paz mental.
Preguntas frecuentes sobre ley de insolvencia y reorganización empresarial en Colombia
No. La ley de insolvencia protege tu vivienda y la declara inembargable. Puedes quedarte en tu casa mientras pagas lo que puedas según tu capacidad económica.
El proceso dura entre 4 y 12 meses, dependiendo de la complejidad de tus deudas y de la cooperación de los acreedores. Durante todo ese tiempo tu empresa sigue operando.
No entran las deudas alimentarias (cuota de alimentos), las obligaciones penales, y las deudas hipotecarias (estas se manejan con la ley de vivienda por separado).
Sí, es obligatorio contar con un abogado experto en insolvencia para presentar la solicitud y manejar las negociaciones con los acreedores. En NEXOCRED te conectamos con los mejores.
Una vez finalizado el proceso con éxito, puedes solicitar la actualización de tu historial crediticio. Las deudas renegociadas o condonadas deben reportarse como “pagadas” o “negociadas”.
Sí. La empresa conserva su capacidad operativa. Puede seguir vendiendo, comprando, contratando personal y cumpliendo con su objeto social. La reorganición no es un cierre.
No es una mancha. Es un derecho legal. Muchas personas y empresas se acogen a la ley y luego recuperan su salud financiera. Es una segunda oportunidad.